Información General

La Secretaría General es el órgano de la administración municipal. Desarrollará las siguientes funciones:

  • Función de fe pública respecto de las sesiones y actos de los órganos necesarios del Ayuntamiento (Pleno, Junta de Gobierno Local, Comisiones Informativas, y otros órganos Municipales).
  • Asesoramiento legal preceptivo (examen de expedientes, informes en las distintas fases de los mismos y según los supuestos que disponga el ordenamiento jurídico, etc.)
  • Recabar de todos los órganos y servicios del Ayuntamiento cuanta documentación e información considere necesaria.
  • Dictar instrucciones acerca del procedimiento y de la forma en que los expedientes han de remitirse a la Secretaría General para ser sometidos a la consideración del Pleno, JGL.
  • Otras funciones: cualquiera que el ordenamiento jurídico le atribuya.

Dependerán de Secretaría General:

  • El Registro General y la Oficina de Información (SIAC)
  • El Departamento de Estadística
  • El Departamento de Contratación
  • El Servicio del Gabinete Jurídico Municipal