Ayudas Paréntesis II



Ayudas Paréntesis - Plan Resistir
Plazo de presentación de las solicitudes: del 10 del al 25 de mayo los dos días incluidos
Las Ayudas Paréntesis encuentran su fundamento en razones de interés público derivadas de la necesidad de adoptar medidas de apoyo a los sectores más afectados por la pandemia, que evitan un deterioro de su tejido empresarial y que ayudan a la conservación de la ocupación y a mitigar las consecuencias sociales que representa la paralización de determinadas actividades económicas.
Bases Ayudas Paréntesis II: BOP 86 de 10.05.2021 (pdf)
Resumen Programa
- Beneficiarios: Estas ayudas van dirigidas a las personas autónomas y microempresas con un máximo de 10 trabajadores que desarrollan su actividad en el municipio de Alcoy y pertenezcan a alguno de los sectores establecidos en el Anexo I de la convocatoria.
- Dotación:
- Se concederá una cantidad de hasta 2.000 € por cada persona trabajadora autónoma o microempresa con un máximo de 10 personas trabajadoras en los sectores identificados con los siguientes códigos CNAE / IAE:
- 4616 Intermediarios del comercio de textiles.
- 4617 Intermediarios del comercio de productos alimenticios, bebidas y tabaco.
- 4624 Comercio al por mayor de cueros y pieles.
- 4634 Comercio al por mayor de bebidas.
- 4636 Comercio al por mayor de azúcar, chocolate y confitería.
- 4637 Comercio al por mayor de café, té, cacao y especies.
- 4638 Comercio al por mayor de pescado y mariscos y otros productos alimenticios.
- 4639 Comercio al por mayor, no especializado, de productos alimenticios, bebidas y tabaco.
- 4641 Comercio al por mayor de textiles.
- 4645 Comercio al por mayor de productos perfumería y cosmética.
- 4719 Otro comercio al por menor en establecimientos no especializados.
- 4725 Comercio al por menor de bebidas en establecimientos especializados.
- 4751 Comercio al por menor de textiles en establecimientos especializados.
- 4762 Comercio al por menor de periódicos y artículos de papelería.
- 4771 Comercio al por menor de prendas de vestir en establecimientos especializados.
- 4772 Comercio al por menor de calzado y artículos de cuero en establecimientos especializados.
- 4775 Comercio al por menor de productos cosméticos e higiénicos.
- 4777 Comercio al por menor de artículos de relojería y joyería en establecimientos especializados.
- 4719 Otro comercio al por menor en establecimiento no especializado.
- 4932 Transporte por taxi.
- 7420 Actividades de fotografía.
- 8559 Otra educación n.c.o.p.
- 9523 Reparación de calzado y artículos de cuero.
- 9525 Reparación de relojes y joyería.
- 9601 Lavado y limpieza de piezas textiles y de piel.
- 9602 Peluquería y otros tratamientos.
- Se concederá una cantidad fija de 200 € por persona trabajadora afiliada a la Seguridad Social en la fecha del 31 de diciembre de 2020 de estas microempresas y personas trabajadoras autónomas en los sectores identificados en el anexo I de la convocatoria.
- Serán subvencionables los gastos corrientes en los cuales el beneficiario haya incurrido desde el mes de abril de 2020 hasta la finalización del plazo de presentación de solicitudes, realizada por las personas trabajadoras autónomas y las microempresas, con un máximo de 10 personas trabajadoras a 31 de diciembre de 2020.
- Documentación que se tiene que presentar:
- Anexo 2. Solicitud de ayudas en el programa Plan Paréntesis II.
- Anexo 3. Declaración Responsable.
- Anexo 4. Ficha de Mantenimiento de Terceros.
- Anexo 5. Poder de representación para tramitación con comparecencia electrónica.
- Anexo 6. Relación de documentación que se tiene que adjuntar a la solicitud.
- En caso de persona física:
- Declaración Responsable firmada por la persona interesada o representante legal de la persona o entidad solicitante.
- Ficha de mantenimiento de terceros del Ayuntamiento de Alcoy rellenada, y sellada por la entidad bancaria, salvo que ya obrara en poder del Ayuntamiento. El sello de la entidad bancaria podrá ser sustituido por un certificado de titularidad de la cuenta.
- En su caso, poder de representación para la tramitación por comparecencia electrónica.
- DNI por las dos caras o NIE acompañado del pasaporte, si lo indica.
- Certificado actualizado de Situación Censal que indico la actividad económica con su fecha de alta, el domicilio fiscal y en su caso el del local de desarrollo de la actividad.
- Resolución/certificación del alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
- En caso de tener trabajadores a su cargo tendrá que presentar el Informe de Vida Laboral de la Empresa expedido por la Tesorería de la Seguridad Social en el cual se incluya el número de trabajadores en plantilla a fecha de 31 de diciembre de 2020.
- Autorización exprés del tratamiento de los datos personales, según lo dispuesto en el punto 14 de esta Convocatoria.
- Documentos justificativos de los gastos corrientes en los cuales se haya incurrido desde el mes de abril de 2020, en la forma establecida en el apartado 4.3 de esta convocatoria.
- En caso de personas jurídicas, sociedad civil, comunidad de bienes u otras entidades económicas sin personalidad jurídica:
- Declaración Responsable firmada por la persona interesada o representante legal de la persona o entidad solicitante.
- Ficha de mantenimiento de terceros del Ayuntamiento de Alcoy rellenada, y sellada por la entidad bancaria, salvo que ya obrara en poder del Ayuntamiento. El sello de la entidad bancaria podrá ser sustituido por un certificado de titularidad de la cuenta.
- CIF de la persona jurídica, sociedad civil, comunidad de bienes u otras entidades económicas sin personalidad jurídica.
- Certificado actualizado de Situación Censal de la persona jurídica, sociedad civil, comunidad de bienes u otras entidades económicas sin personalidad jurídica que indico la actividad económica con su fecha de alta, el domicilio fiscal y en su caso el local de desarrollo de la actividad.
- Resolución/certificación del alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, en su caso.
- Acreditación de los poderes de la persona administradora y de la cual presenta la solicitud, en caso de no ser la misma persona.
- DNI por las dos caras o NIE acompañado por el pasaporte, si lo indica, de la persona administradora y de la persona que presenta la solicitud en caso de no ser la misma.
- En caso de tener trabajadores a su cargo tendrá que presentar Informe de Vida Laboral de la Empresa expedido por la Tesorería de la Seguridad Social en el cual se incluya el número de trabajadores en plantilla a fecha de 31 de diciembre de 2020.
- Autorización exprés del tratamiento de los datos personales, según lo dispuesto en el punto 14 de esta Convocatoria.
- Documentos justificativos de los gastos corrientes en los cuales se haya incurrido desde el mes de abril de 2020, en la forma establecida en el apartado 4.3 de esta convocatoria.
- Plazo de presentación de las solicitudes: del 10 de a el 25 de mayo los dos días incluidos.
- Tramitación y presentación: En la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Alcoy o de manera presencial en las oficinas del ágora al C/ Sant Mateu, 3 mediante cita previa en el teléfono 96 553 72 18.
- Notificación: La notificación del resultado de la solicitud que se presenta se realizará a través de la página web municipal, en el tablón de edictos electrónico del Ayuntamiento de Alcoy.
Contacto para la resolución de dudas: