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Publicada el día 07/08/2024

El Ayuntamiento de Alcoy publica la consulta pública previa a la elaboración de la Ordenanza de peatonalización

La ciudadanía puede presentar sus observaciones hasta el 16 de septiembre

Reunión peatonalización 30 de mayo

El Ayuntamiento de Alcoy ha publicado en su web municipal la consulta pública precia a la elaboración de la Ordenanza de peatonalización, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las personas o entidades interesadas pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados hasta el 16 de septiembre, a través de la Sede electrónica del Ayuntamiento de Alcoy: Catalogo de trámites/ Todos los trámites/ Solicitud de propósito general, también en el Registro General del Ayuntamiento, tanto de forma electrónica como presencial o por cualquier medio de los establecidos en la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Siguiendo la normativa vigente en esta consulta se deben dar a conocer los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa, la necesidad y oportunidad de su aprobación, los objetivos de la norma, así como las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

En concreto, por lo que respecta a los problemas que se pretenden solucionar con esta iniciativa hay que reseñar que la creación de espacios de uso peatonal conlleva necesariamente la restricción de los accesos de vehículos a las zonas peatonales, lo cual, necesariamente, debe compatibilizarse con aquellas otras situaciones en las que el uso del vehículo es preciso para atender demandas de inexcusable atención, como el caso de mudanzas, obras, supresión de barreras de accesos en el caso de personas con movilidad reducida, enfermos etc, así como el respeto a aquellas otras situaciones ya existentes, como es el caso de los garajes o zonas de aparcamiento de los vehículos de los residentes, que pueden ser objeto de compatibilización sin deterioro del uso principal del vial.

El segundo punto es la necesidad y oportunidad de su aprobación, que devienen en la inevitable elaboración de una ordenanza específica que responda al panorama actual de la movilidad en nuestra ciudad y que tenga en cuenta los cambios que se están produciendo en materia de movilidad con la ejecución de las zonas peatonales y las posibles fricciones que pudieran producirse entre los distintos usuarios de las mismas, estableciendo las normas y delimitando los derechos y obligaciones de cada uno de ellos.

Los objetivos de la norma fundamentalmente son cinco: Aumentar la superficie y calidad de la red dedicada a peatones. Recuperar espacios públicos para uso y disfrute del ciudadano. Incentivar los modos de transportes más sostenibles (fomento de la movilidad a pie, en bicicleta y transporte colectivo urbano), Medidas de integración del transporte público y fomento de la intermodalidad y Regular la carga, descarga y reparto de mercancías, consiguiendo una adecuada distribución urbana de las mismas.

Finalmente respecto a las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias, cabe señalar que dado que se trata de una norma que restringe y regula determinados derechos de en las vías públicas no se ve posibilidad de una regulación de carácter no regulatorio (no normativo).

Toda esta información además de estos documentos: Plan de mobilitat urbana sostenible (PMUS), Estudio de peatonalización, Estudio de tráfico inicial y Actualización estudio de tráfico se pueden consultar en la web del Ayuntamiento de Alcoy.

El proceso continuará cuando finalizo esta consulta pública previa 133.1 el 16 de septiembre con el informe de contestación. El siguiente paso será el inicio de la consulta pública previa 133.2. En este caso se adjuntarán nuevos informes de los departamentos respecto al proceso 133, además de los estudios y como no la nueva ordenanza, y el informe del proceso de participación ciudadana. Deberá de estar publicado 15 días hábiles.

Después de la exposición pública pasará el circuito de aprobación al Pleno, donde se hará la aprobación provisional. El texto aprobado al Pleno deberá de estar expuesto 30 días en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. Si no hay alegaciones se aprueba directamente y se publicaría al BOP, en caso de haber, después de resolverse pasaría al Pleno que sería el encargado de la aprobación definitiva.

La concejala de Participación y Transparencia, Aroa Mira, destaca que: “estamos llevando a cabo un proceso en el que estamos escuchando a toda la ciudadanía, y seguimos los pasos que marca la ley de forma escrupulosa, quiero agradecer a todo el personal técnico de distintos departamentos todo el trabajo que están realizando y como no animar a las personas y entidades a que sigan participando y expresando su opinión”.

Por su parte el edil de Movilidad Sostenible, Jordi Martínez, señala que: “desde el primer día de la legislatura dijimos que íbamos escuchar más a la ciudadanía, y estamos cumpliendo, dando voz a todas las personas y entidades para lograr tener una ordenanza con el mayor consenso posible. Sabemos que es difícil porque en ocasiones hay opiniones muy contrapuesta pero desde el primer minuto estamos trabajando para tratar de tener la mejor ordenanza, que será tal y como las personas quieran”.