Estructura

En cada municipio, la Policía Local se integrará en un cuerpo único con la denominación de cuerpo de Policía Local. No obstante, se podrá acordar la creación de especialidades.

Los cuerpos de Policía Local de la Comunitat Valenciana estarán estructurados en las siguientes categorías de mayor a menor categoría:

  • Comisario (escala superior)

    Le corresponde la dirección de las jefaturas, áreas y servicios y coordinación y supervisión de los servicios policiales.

    Para el acceso a esta categoría se precisa de título universitario de grado o licenciatura, ingeniería superior o arquitectura.

  • Intendente (escala técnica)

    Le corresponde la organización de unidades y servicios y planificación de las actividades.

    Para el acceso a esta categoría se precisa de título universitario de grado o diplomatura, ingeniería técnica o arquitectura técnica.

  • Inspector (escala técnica)

    Le corresponde el mando y responsabilidad inmediata de las unidades y servicios policiales.

    Para el acceso a esta categoría se precisa de título universitario de grado o diplomatura, ingeniería técnica o arquitectura técnica.

  • Oficial (escala ejecutiva)

    Le corresponde la supervisión operativa y material de la ejecución de los servicios policiales a nivel grupal e individual que hayan de llevar a cabo los miembros del cuerpo de la escala básica; es decir, los agentes.

    Para el acceso a esta categoría se precisa el título de técnico superior o equivalente.

  • Agente (escala básica)

    Le corresponde la ejecución material de las funciones encomendadas, de forma grupal o individual.

    Para el acceso a esta categoría se precisa el título de bachiller, técnico o equivalente.

Jefatura del cuerpo

Bajo la autoridad de la Alcaldía, o de la concejalía en quien delegue, la jefatura inmediata y operativa en cada cuerpo de Policía Local la ostentará la persona funcionaria de carrera que ostente la máxima categoría existente en la plantilla del Ayuntamiento correspondiente, o la que entre ellas se designe mediante decreto de la alcaldía en el caso de existir varios puestos de la máxima categoría. A la denominación de dicha categoría se añadirá la palabra jefe o jefa, para su identificación a los efectos que procedan.

La jefatura del cuerpo de Policía Local ostenta la máxima responsabilidad en el mando operativo e inmediato sobre todas las unidades y servicios en los que se organice el cuerpo de Policía Local.

Son funciones propias de la jefatura del cuerpo de Policía Local la dirección, coordinación, gestión y supervisión de las operaciones del cuerpo, con sujeción a las directrices emanadas de la alcaldía o concejalía delegada. Asimismo, asignará los destinos y especialidades y ejercerá aquellas funciones que legal y reglamentariamente se determinen.