Horarios y festivos hábiles en la práctica comercial

Horario de apertura comercial:

Con carácter general, los horarios comerciales de la Comunitat Valenciana deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Horario de apertura semanal (de lunes a sábado): 90 horas.
  • Es obligatorio exponer un cartel con los días y los horarios de apertura.
  • Se pueden abrir hasta un máximo de 11 domingos y festivos habilitados anualmente por la Conselleria competente en materia de comercio.
  • En esas 11 fechas, el horario es libre y no computa para las 90 horas semanales.

Libertad horaria

Disfrutarán de plena libertad de apertura los comercios con las siguientes características:

  • Comercios con menos de 300 m2 de sala de venta excluidos los pertenecientes a empresas o grupos de distribución que no tengan la consideración de pyme.
  • Comercios dedicados principalmente a productos de pastelería y repostería, pan, platos preparados, prensa, combustibles y carburantes, floristerías y plantas.
  • Tiendas de conveniencia.
  • Tiendas en estaciones y medios de transporte terrestre, marítimo y aéreo.
  • Los establecimientos dedicados principalmente (al menos el 80% de la superficie) a la venta de productos culturales.
  • Los establecimientos integrados en instalaciones de prestación de servicios turísticos, dedicados exclusivamente a los usuarios.
  • Tiendas en zonas declaradas de gran afluencia turística (ZGAT), en las temporadas en las que se extiende dicha consideración (pdf).
  • En las zonas acústicamente saturadas, esta normativa se aplicará según las condiciones establecidas por los ayuntamientos.
  • Es obligatorio exponer un cartel con los días de apertura y el horario.

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