Objeto
La Ley 39/2006, en vigor desde el 1 de enero de 2007, tiene como objeto reconocer a los ciudadanos el derecho a la promoción de la autonomía personal y de atención a las personas en situación de dependencia.
El Consejo de Europa define como dependencia 'aquel estado en que se encuentran las personas que, por razones ligadas a la falta o a la pérdida de autonomía física, psíquica o intelectual, tienen necesidades de asistencia y/o ayudas importantes a fin de realizar los actos corrientes de la vida diaria'.
Destinatarios
Las personas que se encuentren en situación de dependencia, esto es:
Requisitos
La Ley define los siguientes requisitos:
En el caso de menores de 3 años, los requisitos de residencia anteriores se exigirán a la persona encargada de su guarda y custodia.
Solicitud inicial
La solicitud inicial de valoración del Grado de Dependencia se presentará junto con la documentación correspondiente en las oficinas del Departamento de Bienestar Social ubicadas en las tres zonas existentes en el municipio.
El plazo de presentación se extiende durante todo el año.
Información complementaria