Se considerarán usuarios del servicio de préstamo las personas que posean el carné de lector de la biblioteca. El carné es personal e intransferible.
Para la obtención del carné se precisa:
Cumplimentar impreso de solicitud. En caso de socios infantiles deberá ser cumplimentado por el madre, padre, tutor o tutora.
Entregar copia del D.N.I o equivalente. En caso de socios infantiles es válido el DNI o equivalente del padre, madre, tutor o tutora.
Entregar fotografía reciente de tamaño carné.
Firmar el carné.
Las personas de nacionalidad extranjera deberán cumplir las anteriores condiciones, exceptuada la obligación de entregar copia del DNI que es sustituida por la obligación de entregar copia del pasaporte. A criterio de la dirección de la biblioteca se podrá exigir la obligación de mostrar documentación acreditativa de su domicilio en la Comunidad Valenciana.
El carné de lector tiene una validez de 2 años pudiéndose renovar a su término.
Para prestatarios con residencia no estable en la Comunidad Valenciana se habilitará un carné de lector temporal de carácter no renovable de duración de 6 meses y con las mismas obligaciones de tramitación fijadas en la obtención del carné de lector habitual.
La pérdida o robo del carné se debe comunicar de inmediato a la biblioteca a fin de evitar las consecuencias que ello pudiera tener. Se deberá solicitar uno nuevo, pagando las tasas correspondientes, si procede, en caso de pérdida. En caso de presentar denuncia de robo se podrá obtener gratuitamente un nuevo carné.
Es imprescindible presentar el carné para realizar el préstamo.
El carné de préstamo autoriza a su poseedor a tener en préstamo simultáneamente hasta un total de 12 documentos en toda la Red de Lectura Pública Valenciana, de los que un máximo podrán ser 6 documentos no libros (dos de cada tipo).
El periodo de préstamo de libros será de 15 días, prorrogables por otros 15, siempre que estos libros no hayan sido demandados por otros usuarios en el periodo de préstamo. El periodo de préstamo de documentos no-libros será de 7 días no renovables.
El prestatario que no cumpla los plazos de préstamo será sancionado con 1 día de suspensión por cada día de retraso y documento. La suspensión será efectiva en toda la Red de Lectura Pública Valenciana.
El prestatario está obligado a reponer la obra perdida o deteriorada. En caso de no cumplir esta norma, se suspenderá, hasta su cumplimiento, la efectividad del carné de préstamo en toda la Red de Lectura Pública Valenciana.
El incumplimiento reiterado de estas normas de préstamo, así como el comportamiento incorrecto por parte del lector en cualquier sección de la biblioteca, será sancionado con la suspensión temporal del carné de préstamo. La suspensión será efectiva en toda la Red de Lectura Pública Valenciana y será de 6 meses cuando se produzca por primera vez y 1 año en caso de reincidencia. La suspensión se hará efectiva tras informe del director/a del centro de lectura a la Dirección General del Libro, Archivos y Bibliotecas.
Se habilitará un periodo especial de préstamo durante los meses de julio, agosto y septiembre que será de 30 días no renovables.
Cada biblioteca exceptuará del préstamo aquellas obras o documentos que crea necesarios: publicaciones periódicas; obras de referencia; colecciones en volúmenes; grandes obras o manuales de consulta frecuente; ejemplares únicos, raros y/o valiosos y en general todos aquellos que no se encuentren en la sección de préstamo.
Cada biblioteca podrá habilitar un préstamo especial de fin de semana o superior para documentos que no sean de la sección de préstamo.
Cada biblioteca podrá habilitar una modalidad de "préstamo colectivo".
La modalidad de "préstamo interbibliotecario" se regirá por su propias normas.