Bases de la II Convocatoria de los Premios Ciudad de Alcoi de Creación y Investigación en Artes Contemporáneas “Llançadora” 2021

PLAZO: Hasta el 16 de abril 2021

  1. Primero. Régimen Jurídico:

    De acuerdo con el artículo 17.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, las bases reguladoras de las subvenciones se deberán aprobar en el marco de las Bases de Ejecución del Presupuesto, en el caso del Ayuntamiento de Alcoy, a través de la Ordenanza General Reguladora de la concesión de subvenciones, cuya última modificación fue aprobada en sesión plenaria el 24-11-2014 y fue publicada íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante núm. 20, de fecha 30 de enero de 2015.

  2. Segundo. Objeto y finalidad de la convocatoria:

    La presente convocatoria tiene por objeto regular la concesión en régimen de concurrencia competitiva el programa de 3 Premios de Creación, Investigación y Producción en Artes Contemporáneas con los objetivos de apoyar y difundir la creación y la investigación artística.

    El proyecto deberá estar dentro de los ámbitos de creación de las artes visuales: creación plástica, creación musical, videoarte, instalación/performance, etc y ajustarse a los siguientes objetivos:

    • Profundizar en la investigación de nuevas formas de creación, producción y difusión de las artes.
    • Investigar y reflexionar en torno a la relación de las nuevas tecnologías, nuevos medios o nuevos lenguajes en el Arte.
    • Impulsar la creación artística contemporánea, reforzar el tejido cultural de la Comunitat Valenciana y contribuir a la divulgación de su panorama creativo desde la ciudad de Alcoi, como centro comprometido con las artes y la Cultura.

      Podrá presentarse como máximo un proyecto por aspirante y colectivo. No se aceptarán proyectos ya realizados y premiados con anterioridad.

  3. Tercero. Requisitos de los participantes:

    Para la obtención de los premios, los/las aspirantes tendrán que poseer las condiciones siguientes y acreditarlas documentalmente:

    • Ser mayor de edad y tener nacionalidad española.
    • Se podrán presentar personas individualmente o colectivos de un máximo de 5 miembros. En caso de que los interesados o interesadas en participar en esta convocatoria decidan hacerlo a través de un colectivo, deberán nombrar a una persona como responsable del mismo. Adjuntarán en la solicitud un documento designando a la persona responsable del Colectivo firmado por todos los integrantes del mismo. Si el colectivo resulta beneficiario del Premio, la persona designada será la única que recibirá el importe económico del Premio y se le aplicarán las retenciones legalmente establecidas.
    • Se podrán presentar entidades jurídicas siempre que concurran las condiciones anteriores en relación al número máximo de miembros y edad.
    • No estar sometidos a ninguna de las causas de prohibición para obtener la condición de personas beneficiarias establecidas en el artículo 13 de la LGS, cuya apreciación se hará en la forma prevista en dicho artículo y en los artículos 22,25 y 26 del RLGS.
    • Encontrarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Alcoy, Agencia Tributaria y la Seguridad Social.
    • Haber justificado correctamente, con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, cualquier subvención anteriormente otorgada por el Ayuntamiento de Alcoy, excepto en aquellos casos en que no haya finalizado el correspondiente plazo de justificación.
    • No encontrarse en procedimiento de reintegro de subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento.

  4. Cuarto. Publicidad de la convocatoria.

    La convocatoria será publicada en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, que remitirá un extracto de las mismas al Boletín Oficial de la Provincia. Asimismo, será publicada en la página web municipal (www.alcoi.org). Las personas interesadas podrán realizar consultas sobre la convocatoria a través de la dirección de correo electrónico premisart@alcoi.org.

  5. Quinto. Solicitudes y documentación:

    El plazo de presentación de solicitudes será de treinta días naturales a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante hasta las 24.00 horas.

    La solicitud se presentará por correo electrónico a la siguiente dirección: premisart@alcoi.org

    Para la documentación adjunta, en caso de que supere los 10 Mb, se pueden utilizar servicios de entrega de archivos grandes (wetransfer, drive, dropbox, etc) debiendo indicarse en la ficha de solicitud. En cualquier caso la documentación aportada no superará 1 Gb de tamaño.

    Se adjuntará la documentación que a continuación se relaciona:

      1. El Modelo de solicitud (pdf) contendrá:
        • Autorización expresa para que los proyectos premiados puedan utilizarse en publicaciones (físicas o digitales), videos y reportajes fotográficos de la Concejalía de Cultura con el fin de realizar una promoción cultural y artística de los premios.
        • Autorización para que el Ayuntamiento de Alcoy pueda consultar si está al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y obtener informe acreditativo del departamento de Recaudación de que el solicitante no tiene deudas pendientes con el Ayuntamiento.
        • Declaración responsable del solicitante respecto a que no se encuentra incurso en ninguna de las circunstancias relacionadas en el art. 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones; que no tiene pendiente de justificar ninguna subvención municipal que le haya sido concedida con anterioridad; y que no tiene ninguna deuda pendiente con el Ayuntamiento de Alcoy.
        • Declaración responsable de que el proyecto presentado no ha obtenido ningún otro premio o ayuda pública.
        • Derechos de autoría.
      2. DNI por ambas caras (PDF).
      3. Currículum vitae del solicitante o de los miembros del colectivo, incluyendo documentación de los últimos trabajos realizados (PDF).
      4. Memoria técnica del proyecto en un único documento PDF que contenga:
        • Título del proyecto
        • Objetivos
        • Descripción
        • Proyecto pedagógico / actividades complementarias
        • Presupuesto
        • Calendario de ejecución

    Queda garantizado el correcto tratamiento de la documentación aportada y de los datos facilitados acorde a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de Carácter Personal (LOPD) y el Reglamento UE2016/679.

  6. Sexto. Premios:

    La dotación presupuestaria adscrita al pago de los Premios es con cargo a la partida presupuestaria del Presupuesto Municipal de 2021 (04546.32680.48900 Ayudas Residencia Factoría Creativa).

    Se establecerá un total de 3 Premios. La dotación económica para cada uno de los Premios será de 10.000 €. De estas cantidades se descontará el porcentaje legal por el IRPF.

    Las personas o colectivos seleccionados comunicarán por escrito su aceptación, en un plazo no superior a 15 días desde la publicación de la resolución. En caso contrario, perderán la condición de persona o colectivo beneficiario.

    Cualquier posible modificación en los proyectos premiados deberá estar suficientemente motivada y será autorizada previamente por la Comisión de Valoración

    La concesión de estos premios es incompatible con otras subvenciones, ayuda, premios, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de cualquier administración o ente público o privado, nacional, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

    La cuantía de los premios se abonarán en dos plazos:

    • 50% una vez aprobada la concesión de los Premios por la Junta de Gobienro Local, después de la propuesta efectuada por la Comisión de Valoración.
    • 50% a la finalización del proyecto, previo al informe favorable de la Comisión de Valoración mediante la aprobación de la memoria de resultados y su aprobación por parte de la Junta de Gobierno Local.

  7. Séptimo. Obligaciones de los premiados.

    Son obligaciones del beneficiario las previstas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 189.2 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales.

    El plazo para la realización y ejecución de los proyectos finaliza el día 29 de octubre de 2021.

    Se entregará una Memoria de los resultados que contemple el proceso de realización del proyecto, así como el cumplimiento de los objetivos y condiciones que determinaron la concesión del premio.

    Incorporar a toda comunicación vinculada al proyecto creativo premiado, el logotipo de la convocatoria que facilitará el departamento de Cultura del Ayuntamiento.

    Ceder el resultado final del proyecto, así como los elementos físicos o digitales necesarios para su desarrollo al Ayuntamiento de Alcoy, que pasarán a formar parte de la Colección de Arte Municipal.

  8. Octavo. Comisión de Valoración y criterios de valoración:

    Para la valoración y selección de las solicitudes presentadas la Junta de Gobierno Local nombrará una Comisión de Valoración que estará compuesta por:

    • Presidente/a: Concejal/a-delegado/a de Cultura.
    • 3 personas de reconocido prestigio en el mundo de las artes y un representante de la Comisión de Artes Plásticas y Diseño del Consell de Cultura d’Alcoi.
    • Secretario/a: un funcionario/a del Departamento de Cultura.

    Los proyectos se puntuarán de acuerdo a los siguientes criterios:

    • Calidad artística. Valoración artística de la propuesta que debe medir el valor artístico y cultural del proyecto así como la dimensión conceptual y formal. Hasta un máximo de 3 puntos.
    • Carácter innovador y originalidad de la propuesta. Se valorará la investigación en nuevos lenguajes y/o técnicas artísticas. El comité apreciará la originalidad del proyecto, la investigación artística y la producción plástica. Hasta un máximo de 3 puntos.
    • Adecuación de los proyectos con los objetivos de la convocatoria. Hasta un máximo de 3 puntos.
    • Trayectoria de la persona o colectivo solicitantes. Hasta un máximo de 1 punto.

    Se seleccionarán los 3 proyectos que obtengan mayor puntuación. En caso de posibles renuncias se otorgarán los premios por orden de puntuación, sin necesidad de realizar una nueva convocatoria. Se desestimarán aquellos proyectos que no respeten los principios democráticos de convivencia y pluralidad, garantizando así la igualdad de todas las personas con independencia de su género, raza, lengua y orientación sexual.

    Las ayudas podrán declararse desiertas si ninguno de los aspirantes alcanza un mínimo de 5 puntos en la suma total de los criterios de valoración.

  9. Noveno. Procedimiento de concesión

    Presentada la solicitud, se examinará para ver si cumple con todos los requisitos exigidos y si está acompañada de la documentación preceptiva. En caso contrario, se requerirá el al solicitante para que en el plazo de diez días hábiles enmiende y/o complemente los documentos que deben presentarse, y se le advertirá que, si no lo hace así, se considerará que ha desistido de su petición y se procederá a archivarla sin más trámite, después de la resolución previa que deberá ser dictada en los términos que prevé el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    La concesión de los Premios se aprobará por la Junta de Gobierno Local, después de la propuesta efectuada por la Comisión de Valoración nombrada para esta finalidad.

    La aprobación y concesión de los Premios se publicará en la página web del Ayuntamiento.

    Los proyectos no seleccionados serán destruidos y los materiales adjuntados serán eliminados del servidor correspondiente.

  10. Décimo. Derechos de autoría:

    Los participantes en la convocatoria aseguran que la propuesta presentada es original y que ostentan todos sus derechos sobre la misma. Si la propuesta incluye derechos de terceras personas, las personas participantes garantizan la obtención de los derechos, autorizaciones y/o licencias necesarias, exonerando al Ayuntamiento de Alcoy de cualquier reclamación al respecto. El Ayuntamiento de Alcoy se compromete a respetar los derechos del autor o autora sobre su obra, reconociendo, en todo momento, su autoría.

    Los beneficiarios cederán los derechos de reproducción de las imágenes significativas del proyecto en medios de comunicación y publicaciones.

    El resultado final de los proyectos, así como los elementos físicos o digitales necesarios para su desarrollo, serán propiedad del Ayuntamiento de Alcoy y pasarán a formar parte de la Colección de Arte Municipal.

    Los proyectos desarrollados se expondrán en las instalaciones que el Ayuntamiento de Alcoy considere, sin perjuicio de que puedan cederse temporalmente a otras entidades o administraciones con el fin de maximizar su difusión.

  11. Undécimo. Aceptación:

    La participación en esta convocatoria supone la aceptación íntegra de estas bases.

  12. Duodécimo. Recurso:

    Contra la resolución del procedimiento de concesión de las ayudas, se podrá interponer recurso potestativo de reposición delante del mismo órgano en el plazo de un mes si el acto fuera expreso, en caso contrario, en el plazo máximo de tres meses; o ser impugnado directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, todo ello según lo que disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015.